Investigaciones Científicas

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    Análisis de los sitios o emplazamientos de operación temporal no definido como helipuerto y aeródromos autorizados, para labores de extinción de incendios forestales en Chile
    (2022-05) Cerda Gálvez, Adrián Alejandro
    Cada año las empresas aéreas que ganaron, una licitación con la Corporación Nacional Forestal (a través del Sistema de Contrataciones Públicas del Estado, Ley 19.886), o un contrato con una empresa forestal (Forestal MININCO S.A., Bosques Arauco S.A., Forestal CELCO S.A., MASISA S.A.), gestionan en el mes de noviembre o diciembre, ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), organismo encargado de la seguridad de las operaciones aéreas en el país, a fin de obtener autorización para operar en un sitio o lugar temporal de operación, no definido como aeródromo o helipuerto, por un máximo de seis meses (06), para la extinción de incendios forestales. Es importante destacar que dichas empresas deben tener un Certificado de Operador Aéreo (AOC). Sin embargo, nunca se ha llevado a cabo una investigación, como el presente trabajo, con la elaboración minuciosa de una base de datos, con los actos administrativos que ha sido emitido por la autoridad aeronáutica Chilena (DGAC), desde año el 2014 al 2021, en la búsqueda de relaciones que puedan existir entre las autorizaciones que se han venido emitiendo en el tiempo y los efectos del cambio climático, información que puede ser de utilidad para la Dirección de Aeropuertos, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, la Corporación Nacional Forestal (CONAF), dependiente del Ministerio de Agricultura, en el quehacer de sus funciones. También el presente trabajo, busca exponer las exigencias técnicas y legales que deben cumplir los sitios o emplazamientos no habilitados como aeródromos o helipuertos, como también, una vez cumplido el plazo de operación del emplazamiento, deberá someterse a un proceso de factibilidad de habilitación para que pueda operar en forma definitiva, en el futuro.